Lo que debés saber sobre el nuevo documento de identidad para menores en Nicaragua

Foto: Documento de identidad para menores en Nicaragua/Cortesía
Foto: Documento de identidad para menores en Nicaragua/Cortesía

En febrero de este año, la Asamblea Nacional de Nicaragua aprobó de forma unánime la Ley de Identificación Ciudadana, una normativa impulsada por orientaciones del Co-Presidente Daniel Ortega y la Co-Presidenta Rosario Murillo.

Esta ley marca un cambio importante en el sistema de identificación del país, al establecer un documento oficial para menores de 16 años y asignar a cada nicaragüense un número único de identificación desde el nacimiento.

A propósito de una nueva actualización que se publica este mes de junio, te compartimos los puntos clave que debés tener en cuenta.

La ley crea un número único de identificación, que le asignará a cada persona desde su nacimiento y se mantendrá hasta su fallecimiento. Este número se convertirá en referencia obligatoria para todos los trámites, tanto en el sector público como privado.

Foto: Asamblea da luz verde al Consejo Nacional de Rectores /TN8
Foto: Asamblea Nacional en Nicaragua /TN8

Documentación para menores en Nicaragua

La Dirección General del Registro del Estado Civil de las Personas, bajo el Consejo Supremo Electoral (CSE), será la responsable de generar y administrar este número único.

Además, el Documento de Identificación para Menores de 16 años no sustituye la cédula de identidad, pero sí será un documento oficial válido que permitirá a niños, niñas y adolescentes acceder a servicios públicos y ser reconocidos legalmente.

La emisión de este documento se hará de forma escalonada por edad, con vigencias definidas de la siguiente manera:

– De 0 a 6 años: válido hasta los 6 años cumplidos.

– 6 a 13 años: válido hasta los 13 años cumplidos.

– De 13 a 16 años: válido hasta los 16 años cumplidos.

 

Al alcanzar los 16 años, el adolescente deberá tramitar la Cédula de Identificación Ciudadana.

Este documento se entregará inicialmente a quien inscriba el nacimiento del menor en el Registro del Estado Civil de las Personas. También podrá ser solicitado por padres, representantes legales o quienes ejerzan autoridad parental.

Foto: Asamblea da luz verde al Consejo Nacional de Rectores /TN8
Foto: Asamblea Nacional /TN8

Cambios en la estructura institucional de Nicaragua

La ley también transforma la Dirección General de Cedulación, que ahora pasa a llamarse Dirección General de Identificación del Consejo Supremo Electoral.

Esta entidad será la encargada de administrar el sistema de identificación, emitir los nuevos documentos para menores y continuar con la emisión de cédulas ciudadanas.

Además, la nueva legislación deroga la antigua Ley No. 152, vigente desde 1993.

Este nuevo sistema busca fortalecer la protección de la niñez, prevenir delitos como el tráfico de menores y garantizar que desde temprana edad toda persona esté formalmente registrada e identificada. El número único, además, facilitará una mayor organización institucional y agilizará múltiples trámites para las familias en Nicaragua.