Llega diciembre en Nicaragua y con ello nuevas inversiones en el hogar, pensar en la matrícula de los hijos y esos gustitos tan merecidos de fin de año. Para ello, el aguinaldo es indispensable, y aquí te dejamos una guía básica para que conozcás el principio del mismo.
En primera instancia, se trata de un derecho establecido por ley y constituye un alivio importante para las familias, especialmente en temporada navideña. Pero ¿cómo se calcula realmente y qué debe saber cada trabajador? Aquí te lo explicamos de manera sencilla.
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El aguinaldo, también llamado décimo tercer mes, es un pago adicional equivalente a un mes de salario para quienes trabajaron todo el período anual comprendido entre el 1 de diciembre y el 30 de noviembre.
Las empresas deben entregarlo dentro de los primeros 10 días de diciembre, o dentro de 10 días después de la finalización del contrato si el trabajador sale antes.
En el caso del sector público, desde el 20 de noviembre se empieza a entregar, como un beneficio del Gobierno de Nicaragua.

¿Cómo se calcula el aguinaldo?
Todo depende del tipo de salario. Quienes reciben un salario fijo deben calcular el aguinaldo usando su último salario mensual.
Pero ojo, en el caso de quienes trabajan bajo esquemas variables, como comisiones, se utiliza el salario más alto devengado en los últimos seis meses. Si la persona no completó los 12 meses, el pago se hace de forma proporcional.
Vamos con un poco de matemáticas. La fórmula más práctica es dividir el salario mensual entre 12 y multiplicarlo por los meses trabajados. Por ejemplo, si alguien gana 12,000 córdobas y trabajó 9 meses, el cálculo queda así: 12,000 dividido entre 12 es 1,000, y 1,000 multiplicado por 9 da un total de 9,000 córdobas de aguinaldo.
Otra forma, usada para mayor exactitud cuando hay periodos irregulares; es aplicar el salario diario a los días efectivamente trabajados y luego dividir entre 12.

Derechos y recomendaciones
El aguinaldo no puede eliminarse ni modificarse sin respaldo legal. Tampoco debe estar sujeto a descuentos indebidos.
Si un empleador no cumple con el pago, el trabajador puede acudir al Ministerio del Trabajo para recibir orientación o realizar un reclamo formal.
Este beneficio es más que un pago anual: es una garantía económica para cerrar el año con estabilidad y una obligación que todo empleador debe respetar.
Código Trabajo Nicaragua by rafael.lechado

















